Lectura 5 - SUAF

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Módulo 3 Unidad 3 Lectura 5

Sistema Único de Asignaciones Familiares

Materia: Métodos Cuantitativos de Gestión Profesora: Patricia Sansinena

   

Bibliografía Básica Recuerde tener presente la ley 24714 y las actualizaciones en los importes de las asignaciones.

Unidad 3: Asignaciones Familiares Sistema Único de Asignaciones Familiares CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS Históricamente las asignaciones familiares integrativas del sistema de la Seguridad Social, se han liquidado a través de los empleadores, mediante el sistema de Fondo compensador.Su génesis, reconocimiento y garantía es contenida en el art 14 bis de la Constitución Nacional en el tercer párrafo del mismo:

Art. 14 bis-CN –tercer párrafoEl Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

Esta protección de la familia tiene su correlato en la estructura del sistema de ASIGNACIONES FAMILIARES.Existe en la actualidad vigente un NUEVO SISTEMA DENOMINADO SUAF- Sistema Único de Asignaciones Familiares El SUAF es el mecanismo por el cual ANSES liquida y abona las Asignaciones Familiares en forma directa a los trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

De esta forma, el Estado Nacional le quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado de las asignaciones.

   

Materia: Métodos Cuantitativos de Gestión Profesor: Patricia J. Sansineda

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    Mediante este Sistema efectúa los controles de derecho sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y las efectiviza, en caso de corresponder. SUAF está suplantando paulatinamente al Sistema de Fondo Compensador. Es un sistema de control, validación, liquidación y pago directo.

La evolución de este sistema fue operando de manera paulatina, estableciendo el organismo de aplicación ANSES las fechas en que fue ingresando sectores de empresas para el método de pago directo de las asignaciones familiares.

VOCACIÓN:

ANSES www.anses.gov.ar quiere incorporar a todas las empresas en el Sistema Único de Asignaciones Familiares, SUAF, es el sistema creado por el organismo que consiste que las Asignaciones Familiares, sean liquidadas y pagadas directamente por el Estado a los trabajadores.

Las modalidades de incorporación están establecidas por la Resolución D.E.-N Nº 292/2008 desde el día 1º de abril de 2008.

CAMBIO: 1.-Las empresas que se inscriban en la AFIP como empleadores a partir del 1º de diciembre de 2005 quedan automáticamente dentro del Sistema, SUAF, pago directo de las Asignaciones Familiares. 2.- Las empresas que presenten una solicitud de Reintegro por las Asignaciones Familiares abonadas a sus trabajadores, quedan dentro del Sistema, SUAF, pago directo de las Asignaciones Familiares a partir del mes siguiente al pedido de solicitud, debiendo acompañar junto con el pedido de reintegro, todas las solicitudes de reintegro que tengan pendiente de pago a la fecha de la presentación. La solicitud d reintegro si correspondiese que quedará pendiente de pago, del mes de la presentación, contara con un plazo de un año para su caducidad, contado desde el mes de incorporación al Sistema SUAF. - El pedido de reintegro a que hace referencia el párrafo anterior debe armonizar con la siguiente explicación: Hasta el nacimiento del SUAF, los empleadores debían anticipar el pago de las asignaciones familiares a sus empleados, disponiendo para ello de fondos que en realidad debían ser cubiertos por ANSES.

   

Materia: Métodos Cuantitativos de Gestión Profesor: Patricia J. Sansineda

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    - Para su recupero el empleador al confeccionar el FORMULARIO 931 de AFIP, descontaba del monto de contribuciones jubilatorias, el monto total de asignaciones familiares devengadas en ése mes. - En los casos de empleados con familia numerosa, ocurría que el empleador abonaba más dinero por asignaciones familiares que el valor de contribuciones jubilatorias, quedándole en consecuencia de ello, un CREDITO en contra de ANSES por diferencias de pago de A.F. debiendo para ello ingresar el PEDIDO DE REINTEGRO relacionado en párrafos anteriores. - Retomando la caracterización del nuevo sistema la reglamentación establece que: a) La empresa podrá solicitar su incorporación al Sistema SUAF, en forma voluntaria, debiendo presentar una nota, ante una Unidad de Atención Integral, UDAI, de ANSeS, donde conste: • • • • •

CUIT Razón Social Domicilio Fiscal Domicilio/s de Explotación Cantidad de trabajadores (con y sin cargas de familia).

Debiendo ANSeS notificar la aceptación o rechazo de la solicitud. b) ANSeS podrá determinar la Empresa que se deba incorporar al Sistema SUAF mediante un dictado de una Resolución de la Dirección Ejecutiva, las empresas deberán ingresar a la pagina de ANSeS, Autopista de Servicios, Servicios Corporativos, empresas Incorporadas al SUAF, colocar el CUIT de la Empresa y el logotipo dispuesto por ANSeS, y de surgir con estado “HABILITADO” eso es suficiente para darse por notificada acerca de su incorporación al SUAF. c) Es obligación de las empresas ingresar periódicamente y ver el estado en que se encuentra, ya que desde el momento que ANSeS la incorpore deberá cumplir con las obligaciones establecidas por ANSeS, y presentar ante ANSeS la documentación. d) Obligaciones de las empresas al momento de ser incorporadas al SUAF: •



Notificar a todos sus trabajadores, dentro de los diez (10) días hábiles de su incorporación al SUAF, las nuevas normas del Régimen de Asignaciones Familiares –Ver Formulario PS.2.61 “Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares – Sistema Único de Asignaciones Familiares” Al ingreso de un nuevo trabajador, también debe notificarlo del nuevo Régimen de Asignaciones Familiares dentro de los diez (10) días hábiles de su ingreso.

http://www.anses.gov.ar/formularios/pdf/PS.2_61.pdf En esta página podrán acceder al formulario relacionado.

   

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• •

La notificación debe realizarse en duplicado, entregando un ejemplar al trabajador y anexando el otro ejemplar en el legajo del mismo obrante en la empresa, y debe ser exhibida ante esta ANSeS cada vez que la misma lo requiera. Incorporar a través del Programa de Simplificación Registral de la AFIP, toda la información relacionada con los datos del trabajador y sus vínculos familiares. Además de mantener actualizado los datos. Presentar ante ANSeS el medio de pago elegido por sus trabajadores tengan o no cargas de familia: Boca de Pago (cobro por ventanilla): Nota con carácter de Declaración Jurada donde conste Apellido/s y Nombre/s, CUIL, Provincia, Localidad o Código Postal del lugar de cobro elegido. –Ver Bocas de Pago vigentes. Cuenta Bancaria propia o Cuenta sueldo: Nota con carácter de Declaración Jurada donde conste Apellido/s y Nombre/s y Número de CUIL, adjuntando Constancia emitida por el Banco o Copia del Extracto Bancario del que surja CUIL o DNI, Apellido/s y Nombre/s y Número de CBU correspondiente.

Formularios • • • •

PS.2.51 - DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – SUAF PS.2.53 - DDJJ Renuncia – Revocación de Renuncia al cobro de Asignaciones Familiares – SUAF PS.2.55 - DDJJ Novedades Unificadas – SUAF PS.2.57 - Nota de Reclamo – SUAF

Mediante la Resolución de N.Nº 670/07 (publicada el 31/12/07) ANSeS postergó el cierre compensador, la cual establece un nuevo plazo en el artículo 3º de la Resolución de N. Nº 823/06 hasta el 1º de abril de 2008, para la incorporación masiva de la totalidad de las empresas, que no estuvieran en el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). Las empresas deberán continuar abonando las asignaciones familiares a través del fondo compensador, como lo venían haciendo hasta el momento que ANSeS las incorpore al SUAF ANSeS hace saber que con la Resolución de N Nº 670/07 resulta suficiente como notificación de la incorporación al SUAF, estableciendo además la obligatoriedad de todos los empleadores de informar por medio del programa de la AFIP Simplificación Registral (PSR) todos los datos de relaciones laborales y de familia de todos sus trabajadores en relación de dependencia. ----------------------------------------------Documentación a Presentar ante el organismo de ANSeS hasta el 30/04/2007. 1. Nota con carácter de declaración jurada detallando la nómina de trabajadores (identificados por Apellido y Nombre y por CUIL) que han optado por percibir las Asignaciones Familiares a través de una Cuenta Bancaria (CBU), adjuntando por cada uno de ellos la Constancia emitida por el Banco o copia del Extracto Bancario donde conste CUIL o DNI,

   

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    Apellido y Nombre y número de CBU correspondiente; o en su defecto, la Boca de Pago o la Provincia, Localidad y Código Postal del lugar de cobro elegido por cada uno de los trabajadores. 2. En caso de estar comprendido dentro de lo establecido en la Resolución D.E.-N Nº 344/05 deberá presentar Nota con carácter de declaración jurada en la que informe los datos que a continuación se detallan: - CUIT de la Empresa - Razón Social - CUIL de la trabajadora - Apellido y Nombre de la trabajadora - Tipo de Licencia (Maternidad o Maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora al momento de la incorporación de la empresa en SUAF - Períodos y montos ya abonados - Períodos y montos a abonar (desde el mes de incorporación en adelante) La Resolución también establece que todas las empresas incorporadas al SUAF podrán presentar todas las solicitudes de reintegros pendientes hasta el 30 de junio de 2008 a excepción de aquellas empresas que hayan sido incorporadas al SUAF por el procedimiento establecido en la Resolución D.E. -N Nº 584/06, quienes podrán presentar hasta esa misma fecha solamente la solicitud de reintegro correspondiente al mes inmediato anterior al de su incorporación al citado sistema. Cabe recordar que se encuentra vigente el procedimiento establecido por la Resolución D.E.-N Nº 584/06 y las Resoluciones GNPyS Nº 54/06 y 59/06, por lo tanto si una empresa debiera presentar solicitudes de reintegros deberá tener en cuenta toda la documentación solicitada, ya que quedará automáticamente incorporada al SUAF a partir del mes siguiente al de su presentación. La documentación requerida es: •







   

Todas las solicitudes de reintegro de todos los pagos por Asignaciones Familiares liquidadas por fondo compensador que se encontraren pendientes a la fecha de dicha presentación. Nota con carácter de declaración jurada, en la que manifieste que ha dado cumplimiento a la transmisión de la información correspondiente a todos sus trabajadores, relaciones laborales y cargas de familia, a través del citado Programa de Simplificación Registral (PSR). Nota con carácter de declaración jurada detallando la nómina de trabajadores (identificados por Apellido y Nombre y por CUIL) que han optado por percibir las Asignaciones Familiares a través de una Cuenta Bancaria (CBU), adjuntando por cada uno de ellos la Constancia emitida por el Banco o copia del Extracto Bancario donde conste CUIL o DNI, Apellido y Nombre y número de CBU correspondiente; o en su defecto, la Boca de Pago o la Provincia, Localidad y Código Postal del lugar de cobro elegido por cada uno de los trabajadores. En caso de estar comprendido dentro de lo establecido en la Resolución D.E.-N Nº 344/05 deberá presentar Nota con carácter de declaración jurada en la que informe los datos que a continuación se detallan: - CUIT de la Empresa - Razón Social - CUIL de la trabajadora - Apellido y Nombre de la trabajadora

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    - Tipo de Licencia (Maternidad ó Maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora al momento de la incorporación de la empresa en SUAF - Períodos y montos ya abonados - Períodos y montos a abonar (desde el mes de incorporación en adelante). Sistema Único de Asignaciones Familiares (S.U.A.F.) Trabajadores en relación de dependencia de empresas incorporadas De acuerdo con la información suministrada por la ANSeS en su página web, los trabajadores que cobran sus asignaciones familiares por ANSES podrán cambiar el lugar y forma de cómo las perciben por web. – 2009Transcribimos seguidamente la referida comunicación: Mayores facilidades para cobrar las asignaciones familiares: Ahora los trabajadores que cobran sus asignaciones familiares por ANSES podrán cambiar el lugar y forma de cómo las perciben por web. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pone a disposición de los trabajadores que perciben sus asignaciones familiares a través del Sistema Único (SUAF), una nueva herramienta para informar y/o modificar el lugar o medio a través del cual desean percibir las mismas. Se trata de una nueva opción para tramitar un cambio en el cobro de las asignaciones familiares a través de la página web de ANSES, la que se suma a la posibilidad de realizarlo personalmente en una delegación. Esta nueva aplicación, llamada Medio de Pago a través de la Web – SUAF – Asignaciones Familiares, se encuentra ubicada en la Autopista de Servicios. Para acceder a ella, el trabajador deberá contar con su clave de la Seguridad Social (para obtenerla, debe ingresar a la Autopista de Servicios), la que a su vez le será de utilidad para acceder a otras aplicaciones del sitio, con acceso a información personal como el registro de sus aportes. El nuevo servicio sirve tanto para los trabajadores que ya están cobrando sus asignaciones familiares a través de una cuenta bancaria propia, una cuenta sueldo o por ventanilla de una entidad bancaria, como para los empleados que percibirán sus asignaciones por primera vez. Para efectuar el trámite deberán ingresar el domicilio y el código postal de su domicilio o de la empresa, según lo que le resulte más conveniente, y se les asignará automáticamente el nuevo domicilio o bien ingresar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) donde ANSES transferirá el monto que le corresponde percibir en concepto de asignaciones familiares. Las asignaciones familiares que se cobran a través de esta modalidad son: Ayuda Escolar, Hijo / Hijo con Discapacidad, Prenatal y Maternidad.

   

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    ANSES implementó el SUAF en junio de 2003. Con este sistema, el organismo efectúa los controles de derecho sobre las asignaciones familiares solicitadas por los trabajadores y las efectiviza, en caso de corresponder. En el año 2008 ANSES efectuó una incorporación masiva de empresas al SUAF, por lo cual ya más de un millón trescientos mil empleados cobran por esta vía. La tabla de montos vigentes se encuentra disponible en la lectura 4.

Bibliografía Lectura 5 Leyes, decretos y resoluciones administrativas mencionadas en la lectura.

www.uesiglo21.edu.ar

   

Materia: Métodos Cuantitativos de Gestión Profesor: Patricia J. Sansineda

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Lectura 5 - SUAF

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