Estatutos Socioambiental PUCV

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Estatutos Socioambiental PUCV Título I Sobre la organización MISIÓN Fomentar la participación y conciencia en la comunidad PUCV respecto a temáticas socioambientales, con el fin de generar agentes de cambio comprometidos con el medioambiente que puedan aportar a este desde sus distintas disciplinas. Motivos del origen de Socioambiental PUCV ● ● ● ● ● ●

Por motivación de los estudiantes de ser un aporte al mundo en temáticas medioambientales. Necesidad de interiorizarse en los tópicos socioambientales, para una formación académica más integral, necesaria en el contexto ambiental actual. Para elaborar proyectos de voluntariado. Para establecer vínculos entre estudiantado, docentes, funcionarios y administrativos. Para establecer un mecanismo de discusión periódica estructurada entre el estamento estudiantil y organizaciones pertenecientes a la universidad. Para inducir hábitos de cada participante hacia una vida más sustentable y consciente.

Artículo 1.- Función de los estatutos El presente reglamento estatutario tiene por finalidad regular y establecer la composición, organización y funcionamiento de la agrupación estudiantil autoconvocada SOCIO AMBIENTAL-PUCV y los objetivos generales que deriven de la creación de este documento. Los miembros de la organización se suscriben al presente documento reglamentario.

Artículo 2.- Autonomía de Socioambiental PUCV La organización Socioambiental PUCV es totalmente autónoma de cualquier tipo de órgano de la PUCV, organización externa, partido o movimiento político, por lo que sólo debe rendir cuentas a sus miembros. Sólo se rendirá cuentas al estamento estudiantil, de así ser solicitado. Artículo 3 .- Adhesión Reglamento Esta organización se adhiere al Reglamento para la prevención, investigación y sanción de actos de acoso, hostigamiento, violencia y discriminación arbitraria de la PUCV, decreto Rectoría Orgánico 572/2018. Por esto, si se descubre que algún miembro de Socioambiental PUCV ha sido parte de actos descritos en el reglamento antes mencionado, se hará la denuncia correspondiente, se sancionará según corresponda, mediante una comisión de ética, la que será descrita en el artículo.

Artículo 4.- Disolución de la organización La Organización podrá disolverse por acuerdo de una Asamblea General Extraordinaria, adoptado por los dos tercios de los socios en ejercicio, con los mismos requisitos señalados en el artículo precedente. De así ser acordado, esta decisión debe ser conversada en la Convención de Estudiantes correspondiente.

Título II Objetivos Generales

Artículo 5.- Objetivos generales que regirán el funcionamiento y elaboración de proyectos de la agrupación. a)

Informar de forma fidedigna al estamento estudiantil sobre el contexto global y local respecto al daño, impacto y reparación medioambiental. Esto informándonos desde actividades de organizaciones territoriales, de la lectura de tratados multi y bilaterales y conociendo actores civiles, gubernamentales, empresariales entre otros.

b)

Formar redes con distintas organizaciones: 1. Estudiantiles ● Entre estudiantes de la PUCV,(En pro de conocer inquietudes relacionadas al área medioambiental con el fin de concretar proyectos). ● Entre estudiantes de otras universidades (para conocer inquietudes medioambientalistas y concretar proyectos).

2. Académicas ● Cuerpo de profesores: ○ Para incluir temáticas medioambientales en sus clases. ○ Para instar a estudiantes a realizar prácticas profesionales relacionadas a la protección y conciencia medioambiental. 3. Institucionales ● Otras organizaciones territoriales. ○ Información, contingencia y actividades conjuntas. ● Organizaciones universitarias (acción climática pucv). ○ Estar al tanto de actividades, trabajo conjunto, investigación, etc... ● Organizaciones gubernamentales. ○ Información, fondos, concursos, trabajo e investigación. c)

Concientizar a estudiantes, académicos y funcionarios sobre la importancia del cuidado del medio ambiente y la toma de decisiones como equipo universitario, para crear un ambiente óptimo de trabajo direccionado.

d) Concretar proyectos e ideas propuestas por los integrantes del equipo. Título III De los miembros

Artículo 6.- Podrá ser miembro de la asociación toda persona sin limitación alguna de sexo, nacionalidad o condición. Sin perjuicio de lo anterior, los socios activos deberán ser estudiantes o alumni de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.

Artículo 7.- Miembros Activos y Honorarios a) Miembro activo es la persona natural estudiante o alumni de la PUCV, que tiene la plenitud de los derechos y obligaciones que se establecen en estos estatutos. b) Miembro honorario es aquella persona perteneciente a la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso o ex-alumna de tal que, por acuerdo de la Asamblea General, es aceptada con esta calidad dentro de la Organización. Tiene derecho a voz en las Asambleas Generales, a ser informado periódicamente de la marcha de la Institución y a asistir a los actos públicos de ella. Esta persona no tiene obligaciones con la Asociación, ni derecho a voto en las Asambleas Generales.

Artículo 8.- La calidad de miembro activo se adquiere: a) Por la aceptación de la Directiva, por los dos tercios de sus miembros, de la solicitud de ingreso, en la cual se manifieste plena conformidad con los fines de la Institución, y se comprometa el solicitante a cumplir fielmente los estatutos, los reglamentos y los acuerdos de la Directiva y de la Asamblea General. b) -Para En

ser

parte

oficial del modo - Asistir a dos asambleas ordinarias - Incluirse en un equipo de trabajo (comisión)

equipo

debe: online:

En modo presencial: - Participar de una actividad de voluntariado, académica o incluirse en un equipo de trabajo(comisión). - Asistir a dos asambleas ordinarias.

Artículo 9.- Condiciones de entrada y permanencia No se aceptan, bajo ningún pretexto, personas que hayan sido denunciadas, que mantengan un sumario o estén en proceso de investigación, por abuso, acoso u hostigamiento, de cualquier índole.

Se llevará a comisión ética del equipo por incumplimientos de sus funciones dentro del equipo de trabajo, o por inasistencia a tres asambleas consecutivas ordinarias sin justificación previa a la directiva o por medios oficiales. En caso de que un miembro o un postulante de Socioambiental PUCV haya sido parte de alguno de los actos descritos en el reglamento adherido en el artículo 3, como también infringido las normas de convivencia descritas en el artículo 12, su permanencia en la organización será analizada por una Comisión de Ética.

Artículo 10.- Obligaciones de los miembros a) Asistencia periódica a las asambleas. b) Responsabilidad en cuanto a cumplimiento de objetivos y metas relacionados a proyectos acordados. c) Cumplir las normas de convivencia. d) Cumplir el Reglamento para la prevención, investigación y sanción de actos de acoso, hostigamiento, violencia y discriminación arbitraria de la PUCV, decreto Rectoría Orgánico 572/2018. e) Proactividad y responsabilidad con el equipo. f) Asistir a las actividades propuestas.

Artículo 11.- Derechos de los miembros Los miembros de la organización tendrán derecho a: a) Voz y voto en toda decisión que se tome en la organización. El voto será unipersonal e indelegable. b) Elegir y poder ser elegido en los cargos representativos de la directiva. c) Proponer y declinar proyectos. d) Tener acceso a los libros de acta, contabilidad como a la base de datos de la organización.

Artículo12.-Normas de convivencia: - Es compromiso de cada integrante del equipo mantener una actitud de respeto hacia el resto, entendiendo que los procesos y tiempos de cada persona son distintos. - No se permite discriminación de ningún tipo.

Artículo 13.- Compromisos de equipo Se entiende como compromiso de equipo, mas no de cada integrante, por lo tanto si algún miembro de la organización no puede cumplir con estos no será sancionado, discriminado ni eliminado del equipo.

- Asistir periódicamente a actividades, exhibiciones, manifestaciones públicas organizadas por grupos o activistas medioambientales. - No comer carne los lunes, o en su defecto un día a la semana. - Mantenerse informados sobre la contingencia medioambiental y científica.

Título IV Asambleas

Artículo 14.- Asambleas Generales La Asamblea General es el órgano colectivo resolutivo principal de la Asociación e integra el conjunto de sus miembros. Sus acuerdos obligan a los miembros presentes y ausentes, siempre que tales acuerdos se hubieren tomado en la forma establecida por estos estatutos.

Artículo 15.- Asambleas Generales Ordinarias -

Las asambleas ordinarias se celebran cuando las cita el Coordinador General y el Coordinador de comunicaciones o quienes estatutariamente los reemplacen.

-

En las asambleas Ordinarias podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses de la organización, con excepción de aquellas que corresponda sean tratadas en una asamblea extraordinaria.

-

Las asambleas ordinarias se celebrarán una vez por mes y estarán previamente calendarizadas por el coordinador de comunicaciones. De manera presencial en cualquier edificio de la universidad o virtual, por videollamada en la plataforma que se estime conveniente. a.1.- asambleas con FEPUCV Se celebrarán al menos dos veces por semestre calendarizadas por el Coordinador de comunicaciones, en estas se discutirá: -

Discusión de fondos extras para proyectos en conjunto. Actividades con grandes convocatorias como marchas, limpiezas, congresos, voluntariados de verano, bienvenidas mechonas, etc… Discusiones nivel país relacionadas con el problema medioambiental. Otros temas relevantes.

Articulo 16.- Asambleas Generales Extraordinarias -

Las asambleas extraordinarias se celebran cuando las cita la directiva o un patrocinio de cuatro miembros de la organización. En las citaciones deberá indicarse el tipo de asamblea de que se trata, los objetivos, la fecha, hora y lugar de la asamblea.

Deberán tratarse en asamblea extraordinaria, las siguientes materias: -

La aprobación del Plan Anual de actividades. La reforma de los estatutos. Elecciones extraordinarias. Proyectos en específico. Conformación de Comisión de Ética. Temas de urgencia.

Título V La directiva

Artículo 17.- Composición, responsabilidades y miembros de la Directiva

La Directiva será el grupo encargado de dirigir, administrar y representar la organización, así como de hacer cumplir el presente reglamento estatutario. Los cargos que la conforman se describen en el título VI. La Institución será dirigida y administrada por una Directiva compuesta de un Coordinador General, un Coordinador RREE, un Coordinador de Comunicaciones y un Coordinador de Finanzas. Los miembros de la Directiva durarán un año en sus funciones y cargos. Esta estará compuesta de miembros elegidos en la primera asamblea ordinaria del año.

Sus miembros podrán ser reelectos (independiente del cargo a postular) una única vez, postulando a un nuevo ciclo ante la comisión electoral, y quedando inhabilitados para ser parte de la directiva por un año luego de cumplir su segundo período.

Título VI De los cargos integrantes de la Directiva

Artículo 18.- Coordinador General: Corresponde a la persona que administra y representa la organización , tanto dentro como fuera de la universidad. Sus principales tareas son: De Coordinación: -Velar por la continuidad de Socio Ambiental PUCV -Tener conocimiento del funcionamiento de la organización y mantener comunicación constante con los cargos y comisiones. -Tiene la facultad de llamar a asambleas ordinarias y extraordinarias. -Debe asistir a todas las asambleas ordinarias, extraordinarias y con otras organizaciones. De no asistir, debe justificar su falta y una persona de la directiva se presentará en su lugar. De Organización: -Debe crear las tablas de contenido de cada asamblea. -Debe dar una acta escrita cada semestre junto con el coordinador de comunicaciones de las actividades que se hagan en la organización. -Debe ejecutar y hacer cumplir los estatutos. -Pronunciarse ante situaciones alarmantes dentro de la región. Si quedase vacante en forma transitoria el cargo de Coordinador General, lo subrogará el Coordinador de comunicaciones de forma transitoria, quien deberá convocar a elecciones para definir el puesto.

Artículo 19.- Coordinador Comunicaciones: Corresponde a la persona que asiste al Coordinador General al administrar la organización, sus principales obligaciones son: - Escribir las actas de cada asamblea. - Mantener el calendario de actividades. - Recordar las fechas de asambleas a realizar. - Mantener el orden de archivos. - Contestar notificaciones de redes sociales. - Mantener comunicación constante con los cargos y comisiones. - Contestar emails.

Si quedase vacante en forma transitoria el cargo de Coordinador de comunicaciones lo subrogará el Coordinador de relaciones exteriores; pero si la vacante fuere definitiva, ya sea por imposibilidad que dure más de un mes, fallecimiento o renuncia indeclinable, la Directiva procederá a la elección extraordinaria de un nuevo Coordinador de comunicaciones entre sus miembros.

Artículo 20.- Coordinador de finanzas: Corresponde a la persona que administra las finanzas de la organización. Sus principales obligaciones son: -Mantener una transparencia de las cuentas, para eso debe digitalizar los presupuestos y las boletas de manera que todos los miembros puedan verlo. -Realizar registro de los ingresos y de los gastos monetarios. -Recaudación de boletas de una manera ordenada. -Registrar y revisar presupuestos de futuras actividades o proyectos. -Realizar una cuenta pública cada semestre o finalizando su periodo. Si quedase vacante en forma transitoria el cargo de Coordinador de finanzas lo subrogará el Coordinador General; pero si la vacante fuere definitiva, ya sea por imposibilidad que dure más de un mes, fallecimiento o renuncia indeclinable, el Directorio procederá a la elección extraordinaria de un nuevo Coordinador de finanzas de entre sus miembros.

Artículo 21.- Coordinador de Relaciones Exteriores: Encargado de formar redes proactivamente con otras organizaciones, personas, instituciones, federaciones de estudiantes, empresas, etc. Sus principales tareas son: -Asistir a reuniones con otras organizaciones y hacer acta de estas para presentarla en la asamblea con la organización. -Coordinar reuniones con otras organizaciones para generar redes y proyectos. Si quedase vacante en forma transitoria el cargo de Coordinador de Relaciones Exteriores lo subrogará el Coordinador de Comunicaciones; pero si la vacante fuere definitiva, ya sea por imposibilidad que dure más de un mes, fallecimiento o renuncia indeclinable, el Directorio procederá a la elección extraordinaria de un nuevo Coordinador de Relaciones Exteriores de entre sus miembros.

Título VII Comisión electoral

Artículo 22.- Conformación de la Comisión electoral La comisión electoral será conformada por tres integrantes de la organización, voluntariamente, y podrán participar de ella quienes no sean candidatas o candidatos en esa elección. Esta se encargará de recibir las postulaciones de los cargos además de administrar el proceso eleccionario.

Artículo 23.- Responsabilidades de la comisión electoral Corresponderá a esta Comisión velar por el normal desarrollo de los procesos eleccionarios y de los cambios de la directiva pudiendo impartir las instrucciones y adoptar las medidas que considere necesarias para tales efectos. Asimismo, le corresponderá realizar los escrutinios respectivos y custodiar las cédulas y demás antecedentes electorales, hasta el vencimiento de los plazos establecidos para presentar las reclamaciones y solicitudes de nulidad. A esta Comisión le corresponderá además la calificación de las elecciones de la organización.

Artículo 24.La Comisión Electoral, recibirá las inscripciones de las candidaturas a los cargos electivos de los distintos cargos internos de la Organización, las que deberán efectuarse con al menos 10 días de antelación a la elección. La Comisión Electoral debe desempeñar sus funciones en el tiempo que medie entre su designación y el mes posterior a la elección.

Artículo 25.- Mecanismo de elección De no ser posible de realizar de forma presencial, se realizarán mediante formulario de google, donde el resultado de estas debe ser presentado en una asamblea general de manera transparente, en la que como mínimo asisten el Coordinador General y coordinador de comunicaciones y el 50+1 % de los miembros de la organización. El voto será secreto, indelegable.

Título VIII Comisión de Ética

Artículo 26.- Conformación de la Comisión de Ética Esta comisión será conformada por tres miembros de la organización, los cuales serán elegidos al azar, en la reunión extraordinaria la cual se convocará para elegirlos. Si alguno o todos de los miembros rechaza el cargo, presentando sus motivos será reemplazado por un miembro de la Directiva, siempre y cuando, no se encuentre en ella el miembro acusado. Los presentes deberán ratificar esta Comisión para que sea válida.

Artículo 27.- Función La Comisión de Ética será el organismo encargado de: investigar, evaluar y sancionar a la/s persona/s, que se vean involucradas en la situación descrita en el artículo 9. Esta se conformará si y sólo si, se cumple el artículo 9.

Artículo 28.- Sanciones La Comisión de Ética tendrá una semana, desde su elección para evaluar el caso y dar su veredicto, el cual deben basar respecto a las siguientes sanciones: a) b) c) d) e)

Inhabilitación de cargos de la directiva Amonestación verbal Amonestación escrita Expulsión Suspensión: Hasta por tres meses de todos los derechos en la Asociación, por incumplimiento de las obligaciones prescritas en reglamento estatutario. Durante la suspensión el miembro afectado no podrá hacer uso de ninguno de sus derechos, salvo que la Comisión de Ética haya determinado derechos específicos respecto de los cuales queda suspendido.

Título IX Comisiones

Artículo 29.- Funcionamiento de las comisiones El funcionamiento práctico de la organización, será en comisiones conformadas por los miembros de Socioambiental PUCV, estas tienen el fin de realizar proyectos, actividades y/o difusión en redes sociales.

Las comisiones hacen cumplir los objetivos principales de la organización, dado que se encargan de un tema en especifico (ej: normativas, alimentación). Estas realizan actividades en terreno o de difusión de RR.SS. Constan mínimamente de tres integrantes sin un máximo de participantes. Para la creación o eliminación de comisiones, se deberá consultar en una asamblea la aprobación de dicha decisión por parte del 50+1% de los asistentes. Una vez cumplido el objetivo con el que se formó la comisión, esta queda disuelta. La disolución debe ser informada a tiempo en una reunión.

Artículo 30.- Encargados de comisiones: Corresponde a la persona que es representante de la comisión, ante la directiva de la organización como también en las asambleas. -Será elegido por los miembros de la comisión, al momento de conformarse esta. -La duración de este cargo, será la duración de la comisión o la duración de la directiva. Es responsabilidad de cada encargado de comisión: -Velar por cumplir las actividades definidas previamente, llámese publicaciones en redes sociales como otro tipo de proyectos. -Que las personas que integren la comisión, participen y dialoguen, de la planificación de las actividades que se realizarán. -Incitar a los miembros a asistir a las asambleas. -Incluir a las personas, que estén en periodo de prueba por integración al grupo. -Asistir a las asambleas, para dar un informe general del funcionamiento de la comisión y plantear soluciones, sobre posibles problemáticas existentes. -De ser necesario, llamar a una asamblea de comisión para planificar actividades, como también resolver problemáticas. Prohibiciones de los cargos de la directiva: -

Que la persona sea parte del centro de alumnos o estudiantes de su carrera. Que sea parte de la fepucv.

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